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Algunos dicen que son obligatorios los intermitentes en ciclomotores, otros que no, y hay quienes afirman que depende de la bondad de los Guardias Civiles o los técnicos de la ITV. Sin embargo, para saber si es obligatorio llevar intermitentes en un ciclomotor hay que acudir a la normativa oficial, en concreto al Reglamento General de Vehículos.
Normativa en relación a los intermitentes de moto
El Decreto 2822/1998 del 23 de diciembre de dicho reglamento deja bien claras las condiciones que han de cumplir motocicletas, motocicletas con sidecar y ciclomotores en lo que a señales luminosas se refiere. Así, el citado decreto estipula que:
Las motocicletas han de incorporar obligatoriamente los siguientes elementos de señalización:
- 1 o 2 luces de carretera.
- 1 o 2 luces de cruce.
- Luz de posición delantera y trasera.
- Luz trasera de frenado.
- Luz trasera de la placa de la matrícula.
- Catadióptricos traseros no triangulares.
Ahora viene la parte “polémica”. En dicho reglamento, las luces indicadoras de dirección o intermitentes aparecen como “opcionales”, sin embargo, en una acotación al pie de la página se informa de que serán OBLIGATORIOS a partir de noviembre de 1999. Por tanto, los intermitentes SÍ SON OBLIGATORIOS para todas aquellas motos fabricadas después de noviembre de 1999 y que los lleven de serie. Lo mismo sucede para las motos sin sidecar.
Las motocicletas han de llevar dos luces amarillas de dirección delante y dos detrás y deberán estar colocados de forma simétrica respecto al plano longitudinal del vehículo.
En lo que respecta a los ciclomotores, las señales luminosas que han de incorporar obligatoriamente son:
- Luz de cruce
- Luz de frenado (obligatoria a partir de noviembre de 1999)
- Luz de posición trasera
- Catadióptricos traseros no triangulares
- Catadióptricos laterales no triangulares (obligatorios a partir de noviembre de 1999)
Respecto a las luces indicadoras de dirección, el reglamento las cataloga como “Opcionales”, por tanto a la pregunta ¿son obligatorios los intermitentes en un ciclomotor? La respuesta es, los intermitentes NO SON OBLIGATORIOS en los ciclomotores.
Por tanto, si vamos a pasar la ITV lo lógico es que si nuestra motocicleta es posterior a 1999 nos examinen los intermitentes. En caso de que las luces indicadoras de dirección no sean las que la moto traía de serie, éstas deberán estar debidamente homologadas e incluidas en la ficha técnica del vehículo, ya que según la nueva reglamentación del Manual de Reformas del Vehículo se considera reforma.
En definitiva, cuando te preguntes si es obligatorio llevar los intermitentes en un ciclomotor, recuerda que los intermitentes no son obligatorios en ciclomotores, pero sí en todas aquellas motocicletas fabricadas a partir de noviembre de 1999.
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Hola
Mo scooter AP50 fabricada en 1995 vienen las luces intermitentes, pero tengo una averia las luces no parpadean al dar cambio de direccion se quedan fijos ,segun vuestro articulo si esta la moto fabricada antes del 99 no seria obligadorio tenerlos lo cual no tengo obligacion en repararlos. ?parasia la ITV ?
Muchas gracias Javier
Hola Javier.
Muchas gracias por tu mensaje.
En principio eso es lo que dice la norma, pero te recomendamos que llames por teléfono a tu ITV de confianza y les hagas la consulta para estar más seguro.
Saludos!
Buenos días AMV. Tengo una moto de 1000cc. precintada hace 4 años y me gustaría saber si cuando haga 5 años puedo circular ya con ella. Ya que la multa no la pagué al juzgado y tampoco pienso hacerlo. Un saludo
Hola Germán.
Muchas gracias por tu mensaje.
Te recomendamos que te pongas en contacto con la DGT y consultes el caso para ver si prescribe el precinto.
Saludos.
Y los ciclomotores si traen intermitentes de casa se pueden quitar? La mía es del 2001
Hola Raúl.
Gracias por tu comentario en el blog AMV.
Los intermitentes son un elemento de seguridad indispensable, que te ayudan hacerte visible y anticipar los movimientos al resto de conductores. Si tu ciclomotor tiene los intermitentes de serie no podrías quitárselos en ningún caso.
Si los quitases, ten en cuenta que además de suponer un riesgo para tu seguridad no pasarías las ITV.
Esperamos haberte ayudado. Un saludo.
Hola queria saber si se puede poner los guiños delanteros en el puño del manillar. Gracias.
Hola Leandro.
Gracias por tu comentario en el blog de AMV.
Te recomendamos que consultes con tu mecánico de confianza para que te asesore sobre la mejor opción para tu modelo de moto.
Saludos.
Hola.
Se podrian añadir mas intermitentes a la motocicleta?? (Quisiera ponerle 2 en el manillar)
Que dice el codigo y respecto a la ITV??
Gracias, un saludo.
Hola Jon.
Gracias por tu comentario en el blog de AMV.
Los intermitentes NO son obligatorios en ciclomotores, pero sí en todas aquellas motocicletas fabricadas a partir de noviembre de 1999.
Tene en cuenta de que si quieres instalar las luces indicadoras de dirección en tu moto distintas de las que vienen de serie, éstas deberán estar debidamente homologadas e incluidas en la ficha técnica del vehículo, ya que según la nueva reglamentación del Manual de Reformas del Vehículo se considera reforma.
Esperamos haberte ayudado. Saludos.