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¿Cómo homologar una moto? Normativa y documentación necesaria  


Publicado el 14/12/16

Si estás pensando en realizar modificaciones a tu moto, debes saber que las mismas están reguladas por el Real Decreto 866/2010 y el Manual de Reformas de Vehículos. Además, en función de los cambios, es posible que necesites una documentación específica para superar la ITV. En el presente artículo te lo explicamos la normativa y la documentación que necesitas para homologar una moto.

Homologar Moto

Según la firma Inpertec, especializada en el peritaje y homologación de vehículos, son muchos quienes, cada año, realizan transformaciones en sus motos. De manera especial, señala la empresa, han cobrado auge las legalizaciones de las modificaciones llevadas a cabo en motocicletas de tipo “scrambler” y “café racer”.

En cualquier caso, independientemente del modelo, existen empresas especializadas que facilitan transformar una moto a través de numerosos accesorios, desde espejos hasta manetas, estriberas e incluso asientos distintos a los originales. Y si bien es cierto que muchos de ellos se comercializan como homologados, no lo es menos que, llegado el momento de pasar la ITV, algún que otro motorista se ha llevado las manos a la cabeza al ver cómo las modificaciones realizadas en su querida compañera de aventuras no eran aceptadas. Por eso, debes saber que cualquier modificación debe cumplir con una normativa para poder homologar una moto.

 

¿Qué dice la normativa española sobre homologar una moto?

Aquellos que todavía no tengan muy claro si las transformaciones de las motos están contempladas en la normativa española han de saber que el Real Decreto 866/2010 es el encargado de regular las tramitaciones de las reformas de vehículos. Este texto considera que una reforma es “toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación”.

Y de manera más precisa, el Manual de Reformas de Vehículos, documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Según el Real Decreto 866/2010, “este manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV”.

Es aconsejable que quienes estéis pensando en realizar algún tipo de transformación en vuestra moto descarguéis el citado Manual de Reformas de Vehículos, ya que en él, dentro del apartado reservado a “Vehículos de categorías L, quads y UTV”, se especifican qué modificaciones pueden realizarse o no, desde las que afectan a la identificación de la moto hasta las relativas al alumbrado. Si no puedes homologar una moto por las modificaciones realizadas, no podrás circular con ella.

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Documentación necesaria para homologar una moto

Obviamente, no todas las transformaciones son iguales y no es lo mismo reemplazar un silenciador –siempre que esté homologado superará la ITV– o unas maletas laterales –las nuevas deben servirse de los mismos anclajes y respetar las cargas fijadas por el fabricante de la moto– que acometer modificaciones realizadas en el motor, los frenos o los neumáticos.

En función de los cambios que realices en tu motocicleta, es probable que te exijan la siguiente documentación para homologar una moto:

  • Proyecto técnico: Conjunto de documentos, redactado por un técnico competente, que tiene por objeto la definición y valoración de las características de un producto, obra o instalación que se requieren en función de su fin o destino.
  • Certificación final de obra: El acto por el que, en forma de documento, se da la conformidad por parte de un técnico de las obras y/o instalaciones realizadas según proyecto.
  • Informe de conformidad: Documento que acredita que “el vehículo reformado cumple con los actos reglamentarios que son de aplicación a las reformas tipificadas en el Anexo I y en el Manual de Reformas de Vehículos y es conforme con las condiciones exigibles de seguridad y de protección al medio ambiente”.
  • Certificado del taller: Documento que acredita la ejecución de una determinada actuación de un taller sobre un vehículo determinado.

Además, si así lo considerasen oportuno, en la ITV podrían solicitarte cualquier tipo de documentación adicional para verificar que las reformas realizadas en la moto se ajustan a la legalidad.

En un futuro artículo hablaremos sobre el proceso de la Inspección Técnica de Vehículos y también de la importancia de confiar en profesionales para hacer que la transformación de la moto pueda ser homologada.

 

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