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Infracciones y qué sanciones quitan puntos  


Publicado el 08/11/17

¿Recuerdas cuándo entró en vigor el carnet por puntos? ¿El saldo de puntos es igual para todos los conductores? ¿Cuáles son las infracciones que quitan puntos? Si quieres aclarar tus dudas sobre los puntos del carnet de conducir, sigue leyendo…

Conductor Infractor

El año pasado se cumplió una década del conocido como carnet por puntos. Concretamente, el mismo entró en vigor el 1 de julio de 2006 y propició pasar de un sistema sancionador a otro preventivo y reeducador, ya que su implementación suponía la puesta en marcha de cursos de sensibilización y reeducación vial para aquellos conductores que acumulaban varias infracciones. ¿El objetivo? Sensibilizarlos sobre las graves consecuencias humanas, económicas y sociales que ocasionan los accidentes de tráfico.

Más de 10 años después de su introducción, puede afirmarse que el carnet por puntos ha logrado modificar los hábitos de los conductores españoles, como lo pone de manifiesto el notable descenso de fallecidos y heridos en accidentes de tráfico tanto en vías urbanas como interurbanas. Además, según una encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), el 70 por ciento de los entrevistados considera que el permiso por puntos es una medida “buena” o “muy buena”.

 

¿Cuántos puntos tiene el carnet de conducir?

 

Si todavía no estás muy familiarizado con el carnet por puntos y no sabes cuál es el crédito inicial del permiso de conducir, has de saber que el saldo inicial varía en función de la situación del titular del carnet:

Los conductores con más de tres años de experiencia tienen un saldo de 12 puntos.

  • Los conductores noveles con menos de tres años de experiencia comienzan con un crédito de 8 puntos.
  • En el supuesto de perder el permiso o la licencia por haber agotado los puntos, los conductores que vuelvan a obtener un nuevo carnet tendrán un saldo de 8 puntos.

 

Además, ser un buen conductor es premiado con la suma de nuevos puntos. De esta forma:

Los conductores que tengan un saldo inicial de 12 puntos recibirán 2 puntos adicionales si no cometen ninguna infracción en el periodo de tres años, alcanzando así un crédito de 14 puntos.

  • Y si en los tres años siguientes continúan sin cometer infracciones, suman 1 punto más hasta alcanzar el máximo de 15 puntos.

 

¿Cómo se pierden los puntos del carnet de conducir?

Según recuerdan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), el número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la “Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial”.

Cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves que se relacionan en el Anexo II de la citada norma, los puntos que corresponda descontar del crédito que posea en su permiso o licencia de conducción quedarán descontados de forma automática y simultánea en el momento en que se proceda a la anotación de la citada sanción en el Registro de Conductores e Infractores.

 

Tipos de infracciones de tráfico que pueden quitarte puntos

Infracciones castigadas con 6 puntos

Actualmente, el Anexo II de la “Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial” contempla infracciones que suponen la pérdida de 6, 4 o 3 puntos del carnet de conducir. Las indicadas a continuación llevan aparejada la pérdida de 6 puntos:

Conducir con exceso de alcohol en la sangre (0,50 mg/l de aire espirado; 0,30 mg/l en el caso de los conductores profesionales y noveles con menos de dos años de experiencia).

Conducir con presencia de drogas en el organismo.

  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de drogas en el organismo.
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
  • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

 

Infracciones castigadas con 4 puntos

Asimismo, el Anexo II de la “Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial” señala que las siguientes infracciones restan 4 puntos en el permiso de conducción:

Conducir con exceso de alcohol en la sangre (de 0,25 a 0,50 mg/l de aire espirado; de 0,15 a 0,30 mg/l para conductores profesionales y noveles con menos de dos años de experiencia).

Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no habilite para ello.

  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso y la obligación de detenerse en las señales de Stop y Ceda el Paso y en los semáforos con luz roja encendida.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente.
  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

 

Infracciones castigadas con 3 puntos

Finalmente, el Anexo II de la “Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial” establece cuatro infracciones que suponen la pérdida de 3 puntos del carnet de conducir:

Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la “Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial” y en los términos establecidos reglamentariamente.

  • Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación.
  • No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.
  • Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

 

Al margen de las citadas, las infracciones de exceso de velocidad consideradas muy graves o graves conllevan la pérdida de seis, cuatro o dos puntos del permiso de conducción.

¿Cuáles son las infracciones más frecuentes que restan puntos?


 

Precisamente, el exceso de velocidad ha sido la infracción más cometida por los conductores españoles en los primeros 10 años del carnet por puntos, llegando a superar el 50 por ciento de las infracciones en vías interurbanas y el 30 por ciento en las urbanas.

 

Sumando ambos escenarios, las siguientes son las principales infracciones con pérdida de puntos que cometen los conductores de nuestro país:

 

  • Exceso de velocidad (46 por ciento). Pérdida de seis, cuatro o dos puntos.
  • Conducir haciendo uso del teléfono móvil (14 por ciento). Pérdida de tres puntos.
  • Conducir sin ponerse el cinturón de seguridad o sin utilizar sistemas de retención infantil (11 por ciento). Pérdida de 3 puntos.
  • Presencia de alcohol o drogas en el organismo (9 por ciento). Pérdida de seis o cuatro puntos.
  • Conducir sin casco (2 por ciento). Pérdida de tres puntos.
  • Otras infracciones (18 por ciento).

 

Novedades en el carnet por puntos

 

Pero, lejos de quedarse anclada en el pasado y considerar que las infracciones plasmadas en el presente post son eternas, la DGT está considerando introducir una serie de reformas en el carnet por puntos, de las que nos ocuparemos cuando sean aprobadas oficialmente. De momento, se están estudiando los siguientes cambios:

  • Modificar la valoración de los puntos perdidos en determinadas sanciones (incrementándola o reduciéndola en función de la infracción).
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o alterar los tacógrafos no se castigaría con la retirada de puntos, sino con sanciones económicas.
  • Retirar el carnet de conducir a aquellos conductores que sean adictos al alcohol o las drogas. El permiso no podrían recuperarlo hasta demostrar su total rehabilitación.
  • Al hilo del punto anterior, personalizar los cursos de recuperación de puntos en función del perfil del infractor.
  • Propiciar que las primas de las pólizas de seguros sean más favorables para los conductores que conserven su saldo íntegro de puntos y viceversa, de tal forma que aquellos con un menor saldo se vean penalizados.