Los intercomunicadores bluetooh son una solución perfecta para el motero. Son simples y fáciles de usar, aunque no baratos. Se venden como kit y constan de un micro y dos mini altavoces planos que se colocan en el interior del casco, a la altura de las orejas. Se controlan a través de un mando que se sitúa en el lateral del casco.
Podemos usarlos para hablar con nuestro pasajero, pero también hasta con seis motos. El alcance varía entre unos pocos metros y los 2 km, aunque si pagamos algo más tendremos mejores prestaciones. A velocidades “legales” se escuchan perfectamente, y el rango más común de conexión es de unos 200 metros.
Otro gadget muy útil que entra dentro del sistema de comunicación de la moto es el navegador. Diseñados para su uso en moto, la pantalla táctil de los GPS se puede usar con guantes y sus robustas carcasas son resistentes al agua y a otros líquidos, como gasolina y aceite.
¡Ojo con el reglamento!
Antes de adquirir uno de los intercomunicadores citados más arriba, hemos de pensar que no están totalmente amparados por la ley. Aunque hay opiniones a favor y en contra de su legalidad.
El Reglamento General de Circulación – incluido en La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, cuya última modificación entró en vigor el 9 de mayo de 2014 – dice al respecto lo siguiente en su artículo 17/apartado 2:
“Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”.
Juristas consultados y abogados del Estado estiman que el texto legal no deja lugar a dudas: los intercomunicadores para motos están prohibidos. El quid de la cuestión está en la última línea, cuando habla de “no usar cascos, auriculares o instrumentos similares” para la comunicación. De hecho, la Guardia Civil ya ha puesto multas por vulnerar este artículo a motociclistas que estaban haciendo uso de un intercomunicador. Son 200 € y 3 puntos.
Pero también hay abogados y asociaciones de conductores en el bando contrario. Y esgrimen a su favor el levantamiento de una de esas multas por parte de un juez de Zaragoza en 2011. A su juicio, el reglamento trata de preservar la obligatoria atención permanente a la conducción, y para ello prohíbe los auriculares. Pero los intercomunicadores de moto funcionan a través de unos pequeños altavoces adheridos al interior del casco, a la altura de la oreja. Hacen lo mismo, aunque no son exactamente unos auriculares.
Pero, ¿pueden ser encuadrados en lo que el Reglamento denomina “instrumentos similares”? Por supuesto. En cualquier caso, si el asunto estuviera muy claro no habría grandes marcas de motos – caso de BMW Motorrad – con estos aparatos en sus catálogos.
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