Consejos para conducir un ciclomotor por primera vez
Publicado el 10/10/20
¿Sabes qué permiso necesitas para conducir un ciclomotor? ¿Estás pensando en comprar uno? ¿Qué documentación es necesaria para poder circular legalmente? ¿Se deben tener en cuenta una serie consejos específicos para la conducción de ciclomotores? Aquí damos respuesta a todas estas dudas.
Si bien en los últimos años sus matriculaciones no han experimentado la misma evolución positiva que las registradas por motocicletas y scooters, los ciclomotores continúan siendo un medio de transporte especialmente valorado, tanto en los grandes núcleos urbanos como en las poblaciones rurales, al tratarse de vehículos prácticos y económicos.
Normativa para conducir un ciclomotor
Para aquellos que todavía no tengan muy claras las diferencias entre un scooter y un ciclomotor, diremos que estos últimos son vehículos de dos o tres ruedas dotados de un motor con unacilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y que su velocidad máxima no puede exceder los 45 km/h.
En cuanto al tipo de carnet que se necesita para poder conducir un ciclomotor, su usuario debe estar en posesión del permiso AM, cuya obtención requiere cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener una edad mínima de 15 años. A pesar de ello, un conductor que posea el carnet AM no está autorizado a transportar pasajeros en el ciclomotor hasta haber cumplido 18 años.
- Superar unas pruebas de aptitud psicofísicas o un test psicotécnico en un centro autorizado de reconocimiento médico.
- Aprobar un examen teórico sobre temas de seguridad vial y contenidos específicos relacionados con la conducción de ciclomotores. En la actualidad, el test consta de 20 preguntas y se han de responder correctamente, al menos, 18 de ellas.
Una vez aprobado el examen teórico, los aspirantes deberán superar una prueba práctica de destreza en un circuito cerrado y consistente en las siguientes maniobras:
- Circular sobre una franja de anchura limitada.
- Zigzag entre jalones a velocidad reducida.
Documentación necesaria para circular legalmente
En el artículo “Papeles de la moto: qué llevar para que no te sancionen” te detallamos cuál es la documentación necesaria para poder circular legalmente con una moto. En el caso de los ciclomotores, la misma no difiere. Así pues, toma nota de los documentos que deberás llevar contigo para evitar sanciones:
En primer lugar, lógicamente, el permiso de conducción en vigor que acredite tu capacitación para conducir ciclomotores.
Si no lo llevas encima porque se te ha olvidado en casa y te lo solicitan los agentes encargados de regular la circulación, has de saber que dicho incumplimiento está castigado con sanción económica de 10 euros. En caso de que el carnet esté caducado, la multa asciende a 200 euros.
Y peor aún: si no te has sacado el permiso, has perdido todos los puntos o te han retirado el carnet por orden judicial o administrativa y te “pillan” conduciendo, incurrirás en un delito castigado con unapena de tres a seis meses de prisión, una multa económica de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad por un periodo de uno a tres meses.
En la documentación del ciclomotor también ha de figurar el permiso de circulación, documento en el que figuran todos los datos del vehículo y el nombre de su titular. Si entre los papeles de tu ciclomotor no se encuentra el permiso de circulación o la autorización provisional –por estarse tramitando la documentación para que esté a tu nombre–, los agentes podrían sancionarte con una multa de 10 euros. Y si el vehículo carece de los citados documentos, tendrías que pagar 500 euros.
Otro documento importante es la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV), en la que se reflejan datos relevantes del ciclomotor. Además, sirve para controlar que el mismo ha superado favorablemente la ITV. Para tu conocimiento, los ciclomotores han de pasar su primera inspección antes de cumplir tres años desde su fecha de matriculación. Y, al igual que las motos, las siguientes se realizarán cada dos.
Si no llevas la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos o el certificado de la última ITV, la sanción es de 10 euros. Y en caso de circular sin haber pasado la ITV, lo normal es que te sancionen con 200 euros. Además, los agentes podrían inmovilizar el vehículo.
Igualmente, es recomendable portar el documento relativo al impuesto de circulación –el popular “numerito”–, aunque no es obligatorio.
Y por último, recuerda que no podrás disfrutar de tu ciclomotor sin haber suscrito previamente una póliza, tal y como especifica la “Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor”. De no ser así, la multa oscila entre 601 y 3.005 euros. Por ello, si vas estrenar un ciclomotor y tienes pendiente asegurarlo, en AMV Hispania podrás consultar tu presupuesto personalizado y contratar online en sólo 3 minutos, de forma rápida y sencilla, sin moverte de casa.
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