¿Debe tener seguro una moto de agua?
Publicado el 20/06/18
Al igual que sucede con cualquier otro vehículo a motor, con una moto de agua podrías causar daños a terceros. Por eso es obligatorio contratar un seguro de moto de agua. Te lo explicamos a través del presente post. Sigue leyendo…
Como ocurre con las motos de carretera, el buen tiempo invita a disfrutar de las motos de agua. Sobre todo en España, un país que a sus ríos, lagos y pantanos suma nada menos que 8.000 kilómetros de costa. Sin duda, se trata de una magnífica oferta natural que invita a su pilotaje y también a conocer nuevos destinos gracias a las rutas turísticas que se llevan a cabo con motos náuticas.
Por lo general, el disfrute de este tipo de embarcaciones se realiza a través de firmas de alquiler. Pero a tenor de los datos aportados por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN), el incremento de las matriculaciones de embarcaciones de recreo nos lleva a pensar que serán muchos los aficionados que estrenen moto de agua este verano. Si estás pensando en sumarte a ellos y desconoces las normas que regulan el uso de las motos náuticas, ¿sabías que deben estar aseguradas? ¿Y que no contratar un seguro puede tener consecuencias graves?
Seguro de moto de agua de responsabilidad civil
Por cierto: el aseguramiento de una moto de agua no es algo nuevo. Hace casi 20 años, mediante el Real Decreto 607/1999, se aprobó el “Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas”, entre las que figuran las motos náuticas. Una medida lógica si se tiene en cuenta que las motos de agua conviven con otras embarcaciones y también con bañistas.
Por ello, tal y como recuerdan desde el Ministerio de Fomento, “el seguro obligatorio tiene por objeto cubrir la responsabilidad civil derivada de los daños materiales y personales, así como perjuicios que sean consecuencia de ellos, que por culpa o negligencia se causen a terceros, al puerto o a las instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en el mar” –si bien las coberturas del seguro obligatorio se aplican, además, al ámbito de los ríos, lagos y pantanos (aguas interiores)–.
Según apuntan desde el blog de Estamos Seguros –una iniciativa de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa)–, si una moto de agua sufre un accidente, el seguro se ocupará de sufragar los daños materiales o personales que se ocasionen a terceros. Es más: la legislación establece los límites de indemnización para este tipo de pólizas. Los mismos ascienden a 96.000 euros, en el caso de los daños materiales, y a 120.000 euros por víctima, en el de los personales.
¿Existen diferentes modalidades de seguro de moto de agua?
La respuesta a dicha pregunta es afirmativa. Como sucede con las pólizas de los coches o las motos de calle, el seguro básico –y obligatorio, como hemos visto– es el de responsabilidad civil, que, tal y como especifica el Capítulo II (Ámbito y límites del seguro) del “Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas”, debe cubrir los siguientes riesgos:
a) Muerte o lesiones corporales de terceras personas.
b) Daños materiales a terceros.
c) Pérdidas económicas que sean consecuencia directa de los daños relacionados en los párrafos a) y b) anteriores.
d) Daños a buques por colisión o sin contacto.
En cuanto al pago de las costas judiciales y extrajudiciales inherentes a la defensa del asegurado, salvo pacto en contrario, la norma indica que correrá a cargo de la compañía aseguradora.
Es muy importante leer atentamente tanto lo reflejado en el citado Reglamento como en las condiciones de la póliza, ya que un seguro de responsabilidad civil no lo cubre todo y la ley establece una serie de exclusiones. Entre otras, sus garantías no contemplan los daños que puedan sufrir el tomador del seguro o la embarcación asegurada, los perjuicios personales o materiales de las personas que ocupen voluntariamente una moto de agua pilotada por alguien que carezca de la titulación adecuada o el pago de sanciones y multas, por poner algunos ejemplos.
Por eso, antes de suscribir una póliza es importante informarse de cuáles son sus garantías básicas y preguntar a la entidad aseguradora si pueden incrementarse las coberturas del seguro de responsabilidad civil con otras opcionales. De existir dicha posibilidad, es muy recomendable ampliar la oferta inicial para que nuestra experiencia a los mandos de una moto de agua sea mucho más segura. ¡Toma nota!
En el caso de que desees participar en regatas, pruebas o competiciones –incluyendo sus entrenamientos– con tu moto náutica, estarás obligado a contratar, además del seguro de responsabilidad civil, una póliza especial.
Y en el supuesto de que la moto de agua que compres no sea para uso particular sino para alquilarla a terceros, al seguro de responsabilidad civil obligatorio deberás añadir otro de accidentes. De esta forma, las personas que alquilen la embarcación, o sus familiares, podrán recibir una indemnización si se produce un accidente grave que tenga como consecuencia un fallecimiento o una invalidez.
La documentación del seguro de moto de agua, siempre a bordo
Volviendo a hacer un símil con las pólizas de coche y moto de calle, una vez suscrito un seguro de moto de agua es obligatorio que la documentación que acredite su contratación y vigencia se encuentre a bordo de la embarcación. Para ser más precisos, el artículo 12 del “Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas” señala que el justificante del pago de la prima del periodo en curso probará la vigencia del seguro siempre que contenga, al menos, las siguientes especificaciones:
a) La entidad aseguradora que suscribe la cobertura.
b) La identificación suficiente de la embarcación asegurada.
c) El periodo de cobertura, con indicación de la fecha y hora en que comienzan y terminan sus efectos.
d) La indicación de que se trata de la cobertura del seguro obligatorio.
El artículo 12 del Reglamento concluye recordando que la documentación acreditativa deberá obrar a bordo de la embarcación. “En caso de ser requerida por las autoridades competentes y no encontrarse dicha documentación a bordo, el tomador dispondrá del plazo de cinco días hábiles para justificar ante las mismas la vigencia del seguro”, detalla.
Seguro de moto de agua a través de AMV
Si estás pensando en comprar una moto de agua para disfrutar de tus momentos de ocio este verano, no te la juegues y contrata, al menos, un seguro de responsabilidad civil. No hacerlo se considera una infracción grave que conlleva una multa cuantiosa –sí, de esas que hacen daño al bolsillo–. Y no sólo eso: como comentábamos al inicio del presente post, las consecuencias pueden ser nefastas si causamos daños materiales o personales a terceros con una moto náutica sin asegurar.
En el caso de los seguros de moto de agua de AMV, incluyen la garantía de responsabilidad civil obligatoria y voluntaria. Y, además, cuentan con cobertura de protección jurídica y reclamación de daños, seguro de protección de pagos(*) para casos de desempleo, incapacidad u hospitalización –en función de la situación laboral del asegurado– y atención domiciliaria y asesoramiento personal para los tomadores que regresen a su domicilio después de una intervención quirúrgica o un ingreso hospitalario debido a un accidente.
Y con el objetivo de facilitar a los asegurados que puedan ampliar las garantías de su póliza, AMV ofrece la cobertura opcional de Accidentes del Conductor, que contempla un capital asegurado en casos de fallecimiento, invalidez y asistencia médico-farmacéutica.
Si tienes la titulación adecuada y deseas contratar un seguro para una moto de agua matriculada en España y de uso particular, en AMV Hispania te lo ponemos fácil a la hora de suscribir tu póliza. Ahorra tiempo y dinero con nuestro tarificador de seguros y disfruta de tu moto náutica con seguridad. ¡Buenas vacaciones!
(*)Consultar condiciones con la compañía.