> 
 > 

Quedarse sin gasolina: posibles averías y sanciones  


Publicado el 15/10/18

Aunque quedarse sin gasolina no es sancionable, puede acarrearnos no pocos problemas: desde una multa por estacionamiento indebido hasta una avería costosa. Toma nota y sigue leyendo si no quieres que la broma te salga cara.

Señalización de avería, triángulo

Está claro: quedarse sin gasolina en el vehículo tiene sus consecuencias. Sin embargo, a pesar de que hoy en día es sencillo localizar una estación de servicio gracias a la información que nos aportan los navegadores y las aplicaciones, hay quienes por despiste, mala planificación del viaje o apurar demasiado el depósito llegan a quedarse sin carburante.

¿Quedarse sin gasolina es sancionable?

Y llegados a ese punto, nuestro vehículo quedará detenido. Para aquellos que se estén preguntando si quedarse sin combustible es objeto de sanción, la respuesta es no. Aunque no sería extraño que el agente encargado de la regulación del tráfico o el policía local nos diese un “tirón de orejas” por haber sido tan descuidados.

¿Dónde debemos estacionar el vehículo si nos quedamos sin gasolina?

Pero el hecho de que el vehículo se quede sin carburante sí puede dar lugar a situaciones objeto de multa. Para empezar, tanto en ciudad como en carretera no podremos dejarlo en el mismo sitio en que se pare, sino atendiendo a lo especificado en el Capítulo VIII (Parada y estacionamiento) del Reglamento General de Circulación. Al respecto, conviene diferenciar entre “parada” y “estacionamiento”:

  • Parada. Inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos sin que el conductor pueda abandonarlo.
  • Estacionamiento. Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o parada durante más de dos minutos. El conductor puede ausentarse del vehículo, pero no indefinidamente; de ser así, se consideraría un abandono del mismo.

 

Es muy importante tener claro que quedarnos sin combustible nos obligará a estacionar el vehículo. Y que tendremos que hacerlo, según recuerda el citado Reglamento, “de tal manera que no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía”.

Supongamos que nos quedamos tirados en ciudad. Con un poco de suerte, encontraremos un sitio permitido donde poder dejar el vehículo hasta que logremos unos litros de carburante que nos ayuden a “reanimarlo”. Pero si lo dejamos en la plaza reservada a un minusválido, en zona de carga y descarga o en el espacio habilitado para el uso del transporte público, es muy probable que cuando volvamos de la gasolinera nos llevemos la desagradable sorpresa de que la grúa se lo ha llevado. Entonces, nos tocará ir al depósito municipal y “rascarnos” el bolsillo.

Y en carretera, “el estacionamiento deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de ésta y dejando libre la parte transitable del arcén”. No cumplir lo observado por el Reglamento de Circulación es motivo de una sanción administrativa que nos obligará a pagar 200 euros.

La conducción negligente, objeto de sanción

Bien. Ya hemos visto que quedarnos sin combustible puede acabar convirtiéndose en un quebradero de cabeza que nos afectará al bolsillo si no estacionamos correctamente nuestro vehículo. Pero la pesadilla puede continuar…

Y es que, ciertamente, controlar un vehículo que se queda sin carburante no es tarea sencilla. Una vez que se apague el motor, al no llegarle combustible, tendremos que “lidiar” con una dirección y un equipo de frenos sin asistencia. Y así, a duras penas llegaremos a situar el vehículo junto a la acera o fuera del arcén.

En definitiva, estaremos practicando una conducción que podría poner en peligro tanto nuestra integridad como la de los ocupantes del vehículo y la del resto de usuarios de la vía. Y según el Reglamento General de Circulación, “las conductas referidas a la conducción negligente tendrán la consideración de infracciones graves”. Al igual que sucede con el estacionamiento indebido, la conducción negligente no supone la pérdida de puntos del carnet, pero lleva aparejada una sanción de 200 euros.

Protocolo en caso de obstaculización o peligro

Y la cosa no acaba ahí. Un vehículo inmovilizado en una vía por haberse quedado sin combustible puede convertirse en un obstáculo o un peligro para el resto de usuarios. De ser así, al igual que haríamos ante un accidente, deberemos poner en práctica el siguiente protocolo:

  • Encender las luces de emergencia del vehículo. Y también las de posición y de gálibo –si las tuviese– en condiciones de visibilidad escasa.
  • Ponernos un chaleco reflectante homologado. En el caso de los motoristas, en España no es obligatorio que porten uno. Pero desde AMV Hispania les aconsejamos que guarden un chaleco reflectante bajo el asiento, en el “top case” o en la mochila para utilizarlo en situaciones de emergencia.
  • Salvo que las condiciones de la circulación no lo permitan, colocar los triángulos de preseñalización de peligro homologados –al igual que sucede con el chaleco, los motoristas no están obligados a portarlos consigo–.


Para los usuarios de turismos, no llevar el chaleco reflectante en el vehículo es motivo de sanción. Además, conviene ser previsores y llevar más de una prenda, ya que los pasajeros que salgan de un vehículo inmovilizado también están obligados a ponerse un chaleco reflectante.

Y por lo que respecta a los triángulos de preseñalización, además de llevarse en el vehículo han de colocarse correctamente. En concreto, uno por delante del vehículo y otro por detrás, en ambos casos a una distancia mínima de 50 metros para que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen. En calzadas de sentido único, o con más de tres carriles, bastará la colocación de un solo triángulo situado, como mínimo, 50 metros antes del vehículo.

¿Qué opciones tenemos para repostar?

Una vez que hayamos estacionado el vehículo y estemos seguros de que el mismo no representa un obstáculo o peligro para los usuarios de la vía, tocará acercarse a la gasolinera más próxima para repostar. Y la primera opción será llamar a nuestra compañía aseguradora. Si la póliza contratada incluye la cobertura de Asistencia en Viaje, es probable que la misma contemple el traslado del vehículo por una grúa hasta una estación de servicio.

Pero si no disfrutamos de dicho servicio, nos tocará desplazarnos a la gasolinera por nuestra cuenta. Y una vez en ella, conviene saber que no nos dispensarán carburante en cualquier recipiente que llevemos. Para curarse en salud y evitar sanciones, en las propias estaciones de servicio comercializan bolsas de emergencia y bidones homologados, únicos envases válidos para transportar combustible. ¡Toma nota!

¿Un vehículo sin gasolina puede sufrir una avería?

No hace falta que un vehículo se quede sin carburante para sufrir una avería. Apurar el depósito y situar frecuentemente la aguja indicadora de la instrumentación por debajo del cuarto ya es un mal hábito. Cuanto más baja esté la aguja, más esfuerzo tendrá que hacer la bomba de combustible para absorber el carburante del depósito. Y “castigar” a este componente esencial para el buen funcionamiento de nuestro vehículo puede acortar su vida útil, lo cual nos obligará a reemplazarlo o sustituirlo.

Además, si apuramos el depósito corremos otro riesgo no menos importante. Al repostar se agitarán y subirán los sedimentos que se van formando en el fondo del depósito. Impurezas que, de ser absorbidas, pueden afectar negativamente a la bomba de combustible, el filtro y los inyectores.

Si nuestro vehículo se alimenta por gasolina y nos quedamos sin combustible, una vez repostado no tendremos problemas en reanudar la marcha. Pero si es un vehículo diésel, lo más probable es que los sedimentos hayan llegado a los inyectores y obstruido los orificios que facilitan pulverizar el gasóleo a la cámara de combustión. Ello nos dificultará volver a circular y tendremos que pasar por el taller para que los limpien.

Conclusión: quedarnos sin gasolina puede salirnos caro

En definitiva, quedarnos sin combustible puede salirnos caro. Como hemos visto, podríamos ser sancionados por no estacionar correctamente el vehículo y si los agentes observan que hemos practicado una conducción negligente al intentar apartarlo de la circulación. Asimismo, en el supuesto de que fuese un obstáculo o un peligro, no señalizar su presencia en la vía ni utilizar el chaleco reflectante también sería objeto de sanción. En cuanto al repostaje, tendríamos que hacerlo sirviéndonos de envases homologados. Y por último: agotar el carburante puede provocar una avería muy costosa. ¡No lo olvides!