Publicado el 07/11/18
Aunque no utilicemos nuestro vehículo clásico, la ley nos obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil. Además, tendremos que cumplir otras formalidades que te explicamos en el presente post. ¡Sigue leyendo si no quieres que te sancionen!
Está claro: quien tiene un vehículo clásico, tiene un tesoro. Una joya que debe cuidar como oro en paño para presumir de ella durante muchos años. Sin embargo, pudiera suceder que no tuviésemos tiempo para disfrutar de nuestro vehículo clásico o que el coche o moto en cuestión requiriese algún tipo de reparación a la que no pudiésemos hacer frente. En supuestos así, el vehículo clásico acabaría pasando largas temporadas en la plaza de garaje y nos preguntaríamos: si no lo utilizo, ¿debo asegurarlo?
¿Seguro obligatorio para un vehículo clásico que no uso?
Y es lógico que nos hagamos dicha pregunta. Si no vamos a conducir un vehículo, independientemente de los años que tenga, ¿qué riesgos podemos correr? Al no circular por vías públicas, no sufriremos ningún percance ni causaremos daños a terceros. Por lo tanto, ¿qué sentido tiene contratar un seguro? ¿Qué dice la legislación sobre dicha cuestión?
Como ya hemos comentado en otros artículos, entre ellos el post “Razones y motivos para contratar un seguro de coche clásico”, la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, en su artículo 2, deja claro que:
“Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo del que sea titular.”
Por lo tanto, si somos dueños de un vehículo a motor tendremos que suscribir la correspondiente póliza de responsabilidad civil –popularmente conocida como seguro a terceros–. Y ello es así porque, incluso en una plaza de garaje, nuestro vehículo clásico sin utilizar podría ocasionar algún tipo de daño.
Por ejemplo, ¿qué sucedería si nuestro coche clásico sufre un cortocircuito en un aparcamiento comunitario y provoca un incendio? ¿O si nuestra moto clásica se cae al suelo y lesiona a una persona? En supuestos así, tendremos que hacer frente a los daños causados a terceros, que serán cubiertos por el seguro de responsabilidad civil. Y no contar con él, además de causarnos no pocos quebraderos de cabeza, nos supondrá una sanción económica de entre 601 y 3.005 euros. ¡No lo olvides!
Si no utilizamos el vehículo clásico, ¿debe pasar la ITV?
Pero contar con un seguro de responsabilidad civil no es el único requerimiento de la legislación española. Aunque nuestro vehículo clásico se encuentre a buen resguardo en el garaje y no circule, no está exento de pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando le toque. Si además tiene la catalogación de vehículo histórico, el Real Decreto 920/2017 señala que deberá acudir a una estación de ITV con la siguiente periodicidad:
- Con una antigüedad de hasta 40 años: bienal.
- Con una antigüedad de entre 40 y 45 años: trienal.
- Con una antigüedad superior a 45 años: cuatrienal.
Y llegados a este punto habrá quienes se pregunten: ¿qué sucede si no presento mi vehículo clásico a la ITV? ¿Es motivo de sanción? La respuesta a esta última pregunta es afirmativa: en la actualidad, que un vehículo no se presente a la ITV en el plazo que fija la ley es motivo de sanción y se castiga con el pago de 200 euros.
¿Estamos obligados a pagar el impuesto de circulación?
Bien. Ya hemos visto que un vehículo clásico, aunque no se utilice, ha de contar con el seguro de responsabilidad civil obligatorio y también debe presentarse a la inspección de la ITV en la fecha que le corresponda. Pero, además, es posible que nuestras obligaciones legales no acaben ahí.
Si el ayuntamiento donde se encuentra registrado nuestro coche o moto no aplica una bonificación del 100% a los vehículos clásicos en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, tendremos que “rascarnos” el bolsillo y pagar el conocido como impuesto de circulación.
En el caso de “hacernos los suecos”, podría suceder que la deuda se fuese acumulando y que el consistorio nos exigiese recargos e intereses de demora. Incluso podría iniciar un proceso de embargo para satisfacerla. Como verás, un vehículo clásico, aunque no se utilice, conlleva una serie de gastos. Por ello, si nos vemos en una situación así lo mejor es plantearnos qué hacer para evitar gastos y complicaciones.
Baja temporal o definitiva en tráfico del vehículo clásico
Y una de las soluciones es darlo de baja. Según recuerdan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), “la baja es el trámite por el que el titular de un vehículo comunica al Registro de la DGT que lo retira de la circulación (temporal o definitivamente)”. Conviene tener en cuenta este último apunte, ya que, en función de nuestras necesidades, podremos elegir una u otra opción:
- Baja temporal. Los motivos para dar de baja temporalmente un vehículo pueden ser tres: personales, por haber entregado el vehículo a un compraventa o por sustracción del vehículo.
- Baja definitiva. Mediante este trámite se comunica al Registro de la DGT la baja de un vehículo para retirarlo de la circulación definitivamente.
A través de este enlace podrás saber cuáles son los requisitos previos para dar de baja un vehículo, qué consejos se deben considerar, qué documentación vas a necesitar, cómo se tramitan las bajas, qué tasas han de pagarse y cómo pueden abonarse, quiénes están autorizados a dar de baja un vehículo, etc. Por lo que respecta a la documentación, uno de los papeles que nos exigirán será la tarjeta de la ITV en vigor.
Por todo lo expuesto, es importante valorar que un vehículo clásico, aunque esté parado, conlleva una serie de gastos para cumplir la legislación vigente, así como distintas sanciones si decidimos saltárnosla “a la torera”. En cuanto al seguro de responsabilidad civil, te sorprenderá saber que no te supondrá un gran desembolso económico y que, una vez contratado, podrás dormir más tranquilo sabiendo que tu vehículo clásico se encuentra asegurado.
Por último, a no ser que te veas obligado a tenerlo guardado en el garaje, te animamos a desempolvar tu vehículo clásico. Contrata un seguro, llévalo a un taller de confianza, pasa la ITV para verificar que se encuentra en perfecto estado de revista y disfruta de él. En muchas ocasiones, no es necesario devorar miles de kilómetros ni participar en rallies de regularidad para pasarlo en grande. Bastará un paseo tranquilo en una soleada mañana de domingo para que despiertes la admiración de peatones y conductores. ¡Toma nota!
Tu seguro de vehículo clásico con AMV Legend
Con el objetivo de satisfacer todas las necesidades de los propietarios de vehículos con una antigüedad de 20 años o más, AMV España cuenta con un nuevo producto: AMV Legend. Se trata de seguros que, al igual que los convencionales, pueden personalizarse con diferentes coberturas.
A través de nuestro tarificador es posible asegurar de uno a seis vehículos clásicos. Para flotas de más de seis vehículos, los interesados deben ponerse en contacto con AMV llamando al número de teléfono 902 125 750 o enviando un correo electrónico a la dirección amvlegend@amv.es.
En el caso de los establecimientos especializados en la venta de vehículos clásicos que deseen ofrecer un servicio completo a sus clientes incluyendo el seguro, AMV pone a su disposición un departamento exclusivo de atención a profesionales. Quienes deseen contactar con él, pueden hacerlo a través del número de teléfono 902 901 911 (de lunes a viernes en horario de 9 a 18:30 horas) y la dirección de correo electrónico profesionales@amv.es.