¿Es obligatorio quitar la bola de remolque si no se usa?
Publicado el 14/11/18
Hay quienes se preguntan si es obligatorio quitar la bola de remolque cuando no se utiliza este último y si nos pueden multar en caso de no hacerlo. Si eres de los que no lo tienen claro, intentamos explicártelo en este post. ¡Sigue leyendo!
Como hemos visto en el post “¿Cómo transportar tu moto o quad en remolque?”, un remolque ligero nos facilitará desplazarnos con nuestra moto o quad hasta una finca o un circuito. Y para ello necesitaremos la popularmente conocida como bola de remolque, que también se ha convertido en un elemento indispensable para quienes gustan viajar con su caravana y media casa a cuestas, para los que necesitan un espacio de carga adicional, para transportar un caballo a un club hípico, para enganchar una valla publicitaria, etc.
Además, si bien es cierto que los casos en nuestro país son contados y existe un gran desconocimiento al respecto, siempre que se cumpla lo dispuesto en el Reglamento General de Circulación, el Real Decreto 866/2010 –por el que se regula la tramitación de reformas de vehículos– y el Manual de Reformas de Vehículos, la legislación española también posibilita que las motos circulen con un remolque.
Como verás, los ejemplos de utilidad de un dispositivo de enganche son muchos. Pero una vez desenganchado el remolque de nuestro vehículo –por lo general, un automóvil–, ¿qué debemos hacer con la bola? ¿Existe alguna norma que nos obligue a desmontarla? Y si no lo hacemos, ¿podrían multarnos? ¿Se han dado casos en los que se ha sancionado a los propietarios del vehículo por no quitarla?
¿Circular sin quitar la bola de remolque es motivo de sanción?
Sin duda, se trata de un asunto que ha generado controversia, ya que, al parecer, algunos conductores habrían sido sancionados por circular con la bola de remolque pero sin tener este último enganchado. Y llegados a este punto, conviene observar que en España no hay ninguna norma que obligue a desmontarla en dicho supuesto. Entonces, ¿cuál podría haber sido el motivo de las sanciones?
La lógica nos lleva a pensar que el argumento de las mismas estaría basado, por un lado, en el Código de Tráfico y Seguridad Vial. Concretamente, en su capítulo VII (Placas de matrícula), donde se especifica que:
- Las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser visibles y legibles.
- En sintonía con el anterior, otro argumento de peso lo encontramos en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en cuyo artículo 10 (Usuarios, conductores y titulares de vehículos) queda claro que:
- El conductor debe verificar que las placas de matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación.
- Y, finalmente, el citado Reglamento General de Circulación, en su artículo 14 (Disposición de la carga) nos dice lo siguiente:
- La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.
Por lo expuesto, podemos concluir que las posibles sanciones no se habrían fundamentado en el hecho de circular con la bola de remolque sin estar enganchado este último, sino en que el dispositivo de enganche dificultase la lectura de la placa de matrícula o función del alumbrado del vehículo.
Actualmente, que un obstáculo impida o dificulte la lectura e identificación de una placa de matrícula es considerado una falta grave en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Y hoy en día, las faltas graves conllevan una multa de 200 euros.
Bola de remolque: consejos a tener en cuenta
Considerando la normativa existente en España, llegado el momento de valorar la posibilidad de instalar un dispositivo de enganche en nuestro vehículo es recomendable familiarizarse antes con las opciones que nos ofrece el mercado: enganches de bola fija y de bola desmontable o retráctil.
- En el caso de optar por un enganche de bola fija, y para curarnos en salud, en el taller donde instalen el dispositivo tendremos que verificar que la bola de remolque no dificulta la lectura de la placa de matrícula ni la función de alumbrado.
- Según los expertos, una vez que en la ITV den el visto bueno a la reforma realizada en el vehículo, y la misma quede reflejada en la ficha técnica, una denuncia por circular con la bola de remolque sin este último no debería prosperar.
- Y si preferimos montar un enganche de bola desmontable o retráctil, nuestro consejo es que quites u ocultes esta última si no la utilizas. Es de sentido común, pues no hacerlo dificulta algunas maniobras y muchas veces, al emplearse como “tope”, la bola de remolque puede provocar daños a otros vehículos al aparcar. Y también a los peatones que, por no percatarse de su presencia, tropiecen con ella.
En definitiva, y dando respuesta a la pregunta que encabeza el presente post, no es obligatorio quitar la bola de remolque si no se utiliza. El hecho de que su instalación sea aprobada por la ITV ya debería ser motivo de tranquilidad en lo que a su legalidad se refiere. En cualquier caso, insistimos, es preciso que a la hora de instalar el dispositivo de enganche en un taller especializado verifiquemos que el mismo no supondrá un obstáculo para leer la placa de matrícula o dificultar la función del alumbrado de nuestro vehículo.
Y en el caso de contar con un enganche de bola desmontable o retráctil, quitarla u ocultarla nos evitará problemas. Conviene tenerlo en cuenta, puesto que son muchos los conductores y peatones que reclaman que sea obligatorio desmontar la bola de remolque cuando no se utiliza para evitar causar daños a terceros.